La Consultoría del Gestor al Consumidor (CGC) dirigió una carta al Ministerio de Energía y Minas para solicitar suspender la aplicación de la Ley 971, aprobada el 13 de febrero del año 2018, “para que las familias nicaragüenses puedan verse beneficiadas ante la crisis que están viviendo”, reza la carta.

“Las razones por que pedimos que se debe aplicar esta ley es porque elimina el subsidio, la tarifa a terceros y a los asentamientos, porque están atravesando una crisis económica desde el 2018 que se ha incrementado con la pandemia del coronavirus”, dijo a Radio Darío, Rubén Arriola de consultoría del gestor al consumidor.

Arriola agregó que la crisis del país también se ha agudizado por las alzas consecutivas de los derivados del petróleo.

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Carta de la Consultoría del Gestor al Consumidor a Ministerio de Energía.

“Muchos hogares nicaragüense no están pagando los servicios básicos, especialmente la energía que es la más cara de Centroamérica con tarifa a terceros, le estamos solicitando de forma directa una amnistía a todos los consumidores de energía eléctrica en Nicaragua”, agregó Arriola.

A través de la reforma a dicha ley que afecta gradualmente el bolsillo de los nicaragüenses, el subsidio quedó de la siguiente manera:

Los cargos tarifarios entre 51 y 100 kWh, continuarán subsidiados hasta el año 2020 en los mismos porcentajes establecidos a diciembre 2017; en el año 2021 recibirán un subsidio del 50% y a partir del año 2022 un subsidio del 45% de la tarifa plena.

Los cargos tarifarios entre 101 y 125 kWh, recibirán un subsidio del 50% en el año 2018, del 40% en el año 2019, del 35% en el año 2020, del30% en el año 2021 y a partir del año 2022 un 25% de la tarifa plena.

Los cargos tarifarios entre 126 y 150 kWh, recibirán un subsidio del 40% en el año 2018, del 30% en el año 2019 y, a partir del año 2020 un 25% de la tarifa plena.

Las facturas de energía domiciliar con consumo entre 151 kWh y 300 kWh mensuales, pagarán en los años 2018, 2019 y 2020 una alícuota especial por 7% del IVA y, a partir del año 2021, el 15% en concepto de IVA.

Las facturas de energía domiciliar con consumo entre 301 kWh y 1000 kWh mensuales, pagarán en los años 2018 y 2019 una alícuota especial del 7% del IVA y, a partir del año 2020 el 15% en concepto de IVA”.